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El proyecto “Escucha su corazón” reabre el debate sobre aborto, consentimiento informado y autonomía reproductiva en Chile, al proponer nuevas condiciones para acceder a la interrupción voluntaria del embarazo bajo la Ley N.º 21.030.

En 2017 se promulgó en Chile la Ley N.º 21.030, que regula la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales: cuando la vida de la mujer gestante se encuentra en riesgo, cuando el feto padece una patología incompatible con la vida extrauterina y cuando el embarazo es consecuencia de una violación. Aunque esta normativa no despenalizó el aborto por la sola voluntad de la mujer, sí marcó un hito en el reconocimiento de sus derechos sexuales y reproductivos, al incorporar la autonomía y el consentimiento informado como elementos centrales en decisiones que afectan directamente su cuerpo y su proyecto de vida.
En este contexto, el pasado 25 de junio un grupo de diputados de la bancada del Partido Nacional Libertario presentó el proyecto de ley denominado “Escucha su corazón”, cuya finalidad es modificar el artículo 119 del Código Sanitario. A simple vista, el cambio parece acotado: modificar un solo artículo. Sin embargo, sus efectos van mucho más allá. La iniciativa incorpora, como parte del consentimiento informado previo a la interrupción del embarazo, la obligación de que el médico informe a la mujer si existe actividad cardíaca embrionaria o fetal detectable y le ofrezca la posibilidad de escuchar sus latidos. Pero agrega, además, una condición: si la mujer decide no escucharlos, el médico deberá abstenerse de practicar la interrupción del embarazo.
Los autores del proyecto sostienen que esta medida no constituye una imposición ideológica, sino que forma parte de la información “veraz, completa y objetiva” que debe recibir la mujer antes de manifestar su consentimiento. Incluso, en la exposición de motivos señalan expresamente que “no puede haber algo menos ideológico que un latido de un bebé y una ley que permita que su latido se escuche antes de su muerte”.
Es precisamente esa afirmación la que demuestra que el debate excede lo estrictamente médico. El consentimiento informado no exige únicamente que la información sea objetiva; también requiere que sea entregada de manera tal que no interfiera con la libertad de quien debe tomar la decisión. No es casualidad que la propia Ley N.º 21.030 establezca que la información proporcionada a la mujer debe ser veraz, completa y objetiva, pero agregue una garantía igualmente importante: su entrega, en ningún caso, podrá estar destinada a influir en su voluntad.
Esta discusión tampoco ocurre en el vacío. Desde que esta Ley entró plenamente en vigencia, 4.875 mujeres han accedido a la interrupción voluntaria del embarazo en alguna de las tres causales. Entre ellas, 351 niñas y adolescentes menores de 18 años, de las cuales el 85 % enfrentó un embarazo producto de una violación. De ese grupo, 142 eran menores de 14 años. Detrás de cada modificación legal existen historias concretas, muchas veces atravesadas por la violencia, el miedo y la vulnerabilidad. Es precisamente en esos escenarios donde el consentimiento informado deja de ser un simple requisito legal y se transforma en una garantía para que la decisión sea verdaderamente libre.
Desde el feminismo, la discusión nunca ha consistido en negar información médica ni en impedir que las mujeres conozcan todas las alternativas disponibles. La verdadera pregunta es otra: ¿esa información busca fortalecer una decisión libre o conducirla hacia un resultado determinado? Porque la autonomía reproductiva no significa decidir sin información; significa decidir con información suficiente, libre de presiones y respetando que la decisión final pertenece a quien enfrentará las consecuencias de esa elección.
Las mujeres no necesitan que el Estado decida por ellas ni que diseñe mecanismos para orientar sus decisiones. Necesitan instituciones que respeten su autonomía, su capacidad de discernimiento y el derecho a decidir dentro del marco que la propia ley establece. En una democracia, fortalecer los derechos nunca debería significar reemplazar la voluntad de las personas por la voluntad del legislador.
El debate sobre el aborto probablemente seguirá dividiendo a la sociedad chilena. Sin embargo, cualquiera sea la posición que se adopte, hay un principio que debiera mantenerse inalterable: cuando el Estado reconoce a una persona el derecho a decidir dentro de los márgenes que fija la ley, también debe proteger que esa decisión sea verdaderamente libre. Porque la autonomía no se pone a prueba cuando decidimos lo que otros consideran correcto; se pone a prueba cuando el Derecho es capaz de respetar decisiones con las que no todos están de acuerdo.